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Cacheo con desnudo integral

Su práctica injustificada puede constituir un delito de atentado contra la integridad moral por parte de los agentes responsables

Cacheo con desnudo integral

La práctica del cacheo con desnudo integral realizada sin justificación, contraviniendo normativa y protocolos de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que genera una humillación objetiva en la víctima, constituye un delito de atentado contra la integridad moral cometido por los agentes responsables.

Así lo ha manifestado recientemente el Tribunal Supremo (TS) desestimando el recurso presentado por dos agentes de la Guardia Civil condenados como autores, por el cacheo que practicaron en un peaje sobre tres ocupantes de un vehículo, participando en un operativo de identificación selectiva de vehículos y personas en vías de comunicación, dirigido a la localización de drogas tóxicas, armas u objetos sustraídos; donde, en actuación individualizada para cada registrado, les obligaron sin motivación suficiente, y sin fundamento alguno, a bajarse pantalones y calzoncillos para examen integral, incluidos sus genitales.

El núcleo del ataque a la integridad moral es la sensación de humillación y de cosificación que tiene la víctima porque resulta agredida en lo que es más esencial del individuo: su dignidad de ser humano merecedor de respeto por su condición humana. De este modo, integra el delito cualquier conducta arbitraria de agresión o ataque ejecutada por funcionario público abusando de su cargo que, aún sin causar lesión física y que tenga cierta intensidad, provoque humillación y quebranto degradante en la víctima. 

Para el TS el registro fue practicado sin motivo suficiente y contraviniendo de forma expresa los protocolos de actuación vigentes para los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de los que los condenados eran conocedores.

Nuestros profesionales están a su disposición para defender su causa e impedir que los hechos de los que trae origen queden impunes.

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